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Obligación Registro de Horario de todos los empleados

El próximo día 12 de Mayo será obligatorio el registro horario de todos los empleados que tengan a su cargo.

La novedad es que también lo será para los que están a tiempo completo.

Es para ello que la empresa deberá:

  1. Garantizar el registro horario de la jornada que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de trabajo de cada persona trabajadora.
  2. Conservar los registros durante 4 años y tenerlos a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.

Se han planteado a este despacho cuestiones del siguiente orden:

¿Es obligatorio tener una aplicación informática, aparato instalado en el centro de trabajo?

La respuesta es NO ES OBLIGATORIO NINGÚN SISTEMA CONCRETO, toda vez que no lo dice la norma.

Es importante tener el concepto claro de Registro de entrada y salida por parte del empresario que podrá organizar de momento el cómo hacerlo.

Las empresas con contratos parciales ya lo venían haciendo, con la novedad de los tiempos completos para evitar horas extraordinarias

Las sanciones que se advierten en la norma por no llevar el registro y la consecuencia que además de económica, en el caso de los parciales, le puede llevar a la obligación de ampliar la jornada desde el inicio del contrato.

Es por ello que pueden seguir llevando el registro en formato papel, siendo lo importante no el sistema que se utiliza sino la obligación de llevarlo al día sea cual sea.

Sin más, reciban un cordial saludo y no dude en ponerse en contacto con nuestro departamento laboral ante cualquier duda.

 

Morafer Asesoría.