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AYUDAS AUTÓNOMOS Y FAMILIARES COLABORADORES

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO

 

En el día de hoy ha sido publicada la Orden de Convocatoria, así como los dos programas de ayudas  para impulsar a los autónomos con su establecimiento como tal en nuestra Comunidad Autónoma de Extremadura. 

 

En el primer Programa de Ayuda, las personas  pueden pasar de estar desempleadas a ser trabajadoras autónomas contando al inicio de la actividad por cuenta propia con unas ayudas que seguidamente se detallan y a las que también podrán acceder los llamados TRADES, Trabajadores /as Económicamente Dependientes, así como las personas que para entrar en el mercado laboral como autónomo necesiten pertenecer a algún Colegio Profesional y siempre que todos los colectivos enunciados estén obligados a estar o pertenecer al RETA, Régimen Especial de trabajadores Autónomos.

 

La incorporación al mercado laboral y por tanto al Régimen Especial de trabajadores Autónomos, dará opción para optar a esta ayuda a formar  comunidades de bienes así como entidades sin personalidad jurídica.

 

Una vez se cumplan con los requisitos que establece la Orden, hablaríamos de los siguientes importes:

 

1- La ayuda podrá ir desde 5.000 € hasta los 7.500€ o 8.000€, siempre dependiendo de los perfiles de las personas desempleadas que al establecerse como autónomas puedan optar a estas ayudas.

 

2-Estas ayudas anteriores podrían ser elevadas a 1.000€ más para el caso de que nos encontráramos con el desarrollo de actividades prioritarias que van directamente relacionadas con algunos epígrafes especificados en el anexo 1 del decreto.

 

Finamente, les hacemos llegar la posibilidad de a través del Programa II, solicitar la ayudas para Familiares Colaboradores .

 

En este Programa II, hablaríamos de ayudas a las personas autónomas que propicien la incorporación al mundo laboral de un familiar colaborador con importes que igualmente van desde los 5.000€, 7.500€ o 8.000€ en función igualmente de las características de la persona laboral familiar colaboradores establecidas en el decreto.

 

Al igual que en el Programa I, se podrá incrementar la ayuda en 1.000€ cuando se solicite en algunas de las actividades prioritarias que se correspondan con algunos de los epígrafes del anexo I.

Para cualquier duda no dude en ponerse en contacto con nosotros